La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un fallo inédito al declarar inconstitucional, con efectos generales solo para niñas, niños y adolescentes, la restricción del artículo 42, fracción II, del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS que excluía la dotación de anteojos, lentes de contacto, aparatos o auxiliares auditivos, implantes cocleares, prótesis y órtesis externas.
La decisión nació de un amparo promovido por la familia de un niño derechohabiente del IMSS con hipoacusia bilateral profunda, a quien se le negó el acceso a un implante coclear con base en esa misma norma. En la declaratoria, la Corte recordó que la Segunda Sala ya había considerado inconstitucional esa exclusión por vulnerar el derecho a la salud y a la seguridad social de menores con discapacidad sensorial auditiva, y sostuvo que el Estado debe garantizar mecanismos para que este grupo acceda al más alto nivel posible de protección sanitaria. El litigio no giró en abstracto sobre prestaciones, sino sobre acceso efectivo a tecnologías diagnósticas, auditivas, protésicas y ortésicas dentro del sistema público.
Pero el alcance quedó acotado. La propia Corte limitó los efectos de la declaratoria al grupo protegido por la jurisprudencia de origen, de modo que el resto de la población asegurada —incluidos adultos mayores— quedó fuera del beneficio por ahora. Reportes de la cobertura judicial señalan que, durante la discusión, se recordó que en México hay alrededor de 2.3 millones de personas con discapacidad auditiva y que cerca de la mitad son mayores de 60 años, lo que exhibe el desfase entre la magnitud del problema y el universo finalmente cubierto por la sentencia.
El fallo también abrió un debate de fondo sobre cómo debe operar una declaratoria general de inconstitucionalidad: si debe expulsar la norma para todos o si puede quedar limitada al grupo respecto del cual ya se acreditó la violación constitucional. Mientras la mayoría respaldó ceñirse al interés superior de la niñez y al precedente existente, las posturas disidentes advirtieron que mantener la norma formalmente vigente para otros derechohabientes genera incertidumbre. En estos términos, la resolución marca un precedente relevante para la cobertura de implantes cocleares, prótesis, órtesis y auxiliares auditivos, pero deja pendiente la discusión sobre acceso universal a estos dispositivos en el IMSS.



